Contentious probate claims are on the rise and there are increasing numbers of people challenging the validity of a Will. Clients are often unsure how to prevent the extraction of the Grant of Probate, especially in instances where there are concerns about the testamentary capacity of a testator or testatrix.
Caveats are becoming increasingly commonplace and have been on the rise in recent years particularly due to (i) their easy and inexpensive accessibility; (ii) the ever-increasing values of estates; (iii) flawed wills and (iv) increasing and varied family dynamics and estrangements.
In 2023 there were more than 10,000 applications, which represented a 14% increase on the number of applications made in 2022.
En el último trimestre de 2024 se presentaron 3.061 solicitudes de reserva de derechos, lo que supuso la primera vez que se alcanzaban las 3.000 solicitudes en un solo trimestre.
Perhaps more significantly, data obtained under the Freedom of Information Act from HM Courts and Tribunals Service showed that there were 11,362 applications in 2024.
Las estadísticas anteriores reflejan el aumento generalizado de los litigios sucesorios en general (y también reflejan el incremento de los encargos que he recibido en los últimos 12 meses aproximadamente); entonces, ¿por qué son tan significativas?
¿Qué es una reserva y por qué se presenta una reserva?
By way of a summary, a caveat is a written notice given by a caveator to show that a grant should not be issued in a deceased’s estate without their prior notice.
A caveator would need to comply with Rule 44 of the Non-Contentious Probate Rules 1987 (SI 1987/2024) (“NCPR 1987”) and can elect to lodge the caveat online or via post.
Por lo general, se puede hacer constar una salvedad en los siguientes casos:
- se cuestione la validez del testamento del fallecido (es decir, puedan existir dudas sobre la capacidad del fallecido, sobre la redacción y formalización del testamento en general o sobre una posible influencia indebida);
- there is a belief that the deceased executed a will and did not die intestate;
- the caveator objects to the grant being issued to the personal representative as they may be concerned about their ability to administer the deceased’s estate and/or comply with their fiduciary duties generally;
- el oponente podría estar tratando de iniciar un procedimiento de citación (para intervenir en la administración de la sucesión —es decir, para aceptar o rechazar una concesión, para tramitar la sucesión o para presentar un testamento—); y
- Es posible que el autor de la objeción tenga la intención de presentar una reclamación sucesoria (aunque no sería adecuado presentar una objeción en los casos en que la parte en cuestión pretenda interponer una reclamación de conformidad con la Ley de Sucesiones (Prestaciones para la Familia y las Personas a Cargo) de 1975).
¿Quién puede presentar una reserva y cómo funciona?
Sin duda, le resultará evidente que quien desee presentar una objeción debe ser mayor de edad y tener un interés en la sucesión o bien un interés en la misma que sea sustancialmente diferente al de la persona que solicita la concesión del certificado de sucesión.
La advertencia funciona, en esencia, como una “alerta” y se notifica a todos los registros sucesorios. no conceder la validación de un testamento hasta que se haya levantado la objeción.
The caveat has effect for 6 months from the date of entry and can be renewed every 6 months until such time that is has been removed. Again, it is self-evident and prudent to take a record of when the caveat has been entered, when it expires and when it ought to be extended (if applicable).
If the prospective caveator wishes to extend the caveat, then s/he will need to make an application for renewal during the last month of the 6-month period it is in force. Please be advised that the renewal no puede se realice en línea o por correo electrónico, y es muy importante tener en cuenta los plazos pertinentes.
La salvedad dejará de tener efecto en los siguientes casos:
- el opositor decide retirarla;
- se interpone una demanda sucesoria ante el Tribunal Superior;
- el demandado no ha presentado alegaciones ante una notificación (cuyo procedimiento se detallará más adelante); y/o
- La notificación se emitió para iniciar un procedimiento sancionador y: (i) el autor de la notificación la ha retirado; (ii) el procedimiento sancionador ha concluido desde entonces, o (iii) el secretario judicial o un juez de distrito ha ordenado su retirada.
¿Cómo se responde a una salvedad?
If a party disagrees with the caveat, then s/he may challenge the same and may issue a warning.
La advertencia deberá formularse mediante el formulario establecido al efecto, a saber, el Formulario 4, que figura en el anexo 1 del NCPR de 1987.
En tales circunstancias, la parte deberá:
- manifiesten su interés en la herencia del fallecido; y
- Notificar al demandado que dispone de 14 días para responder a la advertencia y comparecer, o bien emitir y notificar una citación para que se dicten instrucciones.
Por lo general, la advertencia la emite el Registro de Sucesiones del Distrito de Leeds y la notificación se enviará al demandante por correo postal.
¿Qué puede hacer un caveador en caso de que se le impugne una advertencia?
En tales circunstancias, el demandante dispone de numerosas opciones, a saber:
- podría optar por no hacer nada. La persona que presentó la advertencia puede, transcurridos 14 días, presentar una declaración jurada o una declaración de testigo verificada con una declaración de veracidad en la que indique que había emitido la advertencia pero que no recibió ninguna citación para recibir instrucciones y, a su vez, solicitar al Registro de Sucesiones del Distrito de Leeds que retire la advertencia;
- podría optar por retirar la advertencia si lo considera oportuno. En tales circunstancias, el autor de la advertencia debería dirigirse por escrito al Registro de Sucesiones del Distrito de Leeds (ya sea presentando el formulario PA8A o notificándolo por correo electrónico) y, a su vez, notificarlo a la parte que haya emitido la advertencia;
- podría dictar y notificar una citación para que se dicten instrucciones. En este caso, el demandante deberá presentar la citación en un plazo de 14 días, y la cuestión de las costas se regirá por la Regla 60 del NCPR de 1987 (es decir, serán aplicables las Reglas 43, 44, 47 y 48 del CPR); o
- podría presentar una “comparecencia”. Si un oponente decide presentar una comparecencia, deberá utilizar el formulario 5 prescrito, que también se encuentra en el anexo 1 del NCPR de 1987. En dicho documento, el oponente deberá exponer la naturaleza de su interés que entra en conflicto con el interés de la persona que ha presentado la advertencia. Una vez más, el formulario deberá presentarse ante el Registro de Sucesiones del Distrito de Leeds en un plazo de 14 días. El efecto de la comparecencia es que no se expedirá el certificado de sucesión (salvo al oponente) a menos que así lo ordene el registrador o un juez de distrito.
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