Los peligros ocultos de la cohabitación: ¿Qué ocurre si muere sin testamento?
Derechos de los convivientes: Lo que hay que saber
El año pasado, el gobierno británico rechazó las recomendaciones de reformar la situación actual de la ley de parejas de hecho y decidió no ampliar el tratamiento fiscal de las herencias del cónyuge y las parejas civiles a las parejas de hecho. Teniendo en cuenta que las parejas de hecho son actualmente el tipo de familia de más rápido crecimiento en el Reino Unido, la falta de reforma deja a muchas familias con costosas reclamaciones testamentarias y enormes facturas del impuesto de sucesiones en el futuro. En este artículo, analizaremos el estado actual de la ley de parejas de hecho y sus implicaciones para las parejas que conviven..
Herencia e intestado: ¿Quién se queda con qué?
Si convive con otra persona y fallece sin hacer testamento, es posible que su pareja no se quede con nada, a menos que tengan bienes en común que se transmitan por las reglas de supervivencia. En tal caso, todos los demás bienes se distribuirán según las reglas de sucesión intestada. Es importante tener en cuenta que sólo los cónyuges, parejas de hecho y parientes consanguíneos o adoptivos pueden beneficiarse de la sucesión intestada.
Para determinar quién heredaría su patrimonio en caso de sucesión intestada, puede acceda aquí a nuestro diagrama de sucesión intestada. Le ayudará a comprender la distribución de los bienes y quién tendría derecho a qué.
Herencia variable y presentación de reclamaciones
En algunos casos, los beneficiarios mayores de edad pueden estar dispuestos a modificar su herencia para incluir a su pareja de hecho. Sin embargo, esto no está garantizado, ya que requiere el acuerdo de los beneficiarios. Su decisión puede depender de sus propias circunstancias económicas y de su relación con tu pareja de hecho.
Es importante tener en cuenta que los menores de 18 años no pueden renunciar a ninguna parte de su herencia. Aunque su pareja administre la herencia en su nombre como progenitor superviviente, no puede recibir ningún beneficio directo. En tales situaciones, es posible que a su pareja no le quede más remedio que interponer una demanda contra su herencia en virtud de la Ley de Sucesiones (Provisión para la Familia y los Dependientes) de 1975 ("Ley de Sucesiones"). Sin embargo, se trata de un proceso costoso y largo, y puede tensar su relación con tus parientes.
Webster contra Webster: Un caso histórico
En Webster contra WebsterEl tribunal consideró que el testamento no había tenido en cuenta de forma razonable a la pareja de hecho del fallecido. En virtud del derecho sucesorio, la herencia debía repartirse entre los cinco hijos del difunto. La pareja había convivido con el difunto durante 27 años y el tribunal ordenó que la vivienda familiar se le transfiriera en su totalidad. Sin embargo, no consideró que hubiera adquirido un derecho real de usufructo sobre la vivienda familiar basándose en las aportaciones económicas que había realizado durante 20 años antes del fallecimiento y que no pudo justificar.
El tribunal sostuvo que era importante establecer una ruptura limpia entre la pareja de hecho superviviente y los hijos del difunto y que el patrimonio familiar se transfiriera a la pareja en su totalidad, entre otras cosas debido a la mala relación de la mujer con los tres hijos del anterior matrimonio del difunto. Además, se ordenó que la hipoteca pendiente sobre la propiedad se amortizara con los fondos de la herencia como pasivo de la misma. A pesar de la indemnización, se estimó que el fallecimiento del difunto había dejado a la pareja de hecho en una situación de 15.000 libras esterlinas al año peor que el nivel de vida del que había disfrutado antes de su muerte.
Reclamación de herencias: Requisitos y resolución judicial
Para presentar una reclamación al amparo de la Ley de Sucesiones, el conviviente debe haber vivido en el mismo hogar que su pareja durante un periodo continuado de dos años antes del fallecimiento del difunto. Cada caso se trata en función de los hechos y el futuro de su pareja lo determinará en última instancia el tribunal.
Proteger a su pareja: Hacer testamento
La mejor manera de prever el futuro de su pareja es hacer testamento. Sin embargo, debes tener muy en cuenta las posibles consecuencias del impuesto de sucesiones (IHT) si dejas todo tu patrimonio a tu pareja.
Consideraciones sobre el impuesto de sucesiones
Con arreglo a la normativa británica vigente en materia de tributación de sucesiones, cada persona dispone de una franquicia del impuesto de sucesiones de 325.000 libras esterlinas, también conocida como "Nil Rate Band" (NRB). El valor de su NRB disponible en el momento de su fallecimiento puede verse afectado si realizó donaciones en los siete años anteriores a su fallecimiento, ya que esas donaciones se considerarían parte de su patrimonio a efectos fiscales.
Si transmite su vivienda a descendientes directos (por ejemplo, hijos o nietos), puede beneficiarse de una desgravación adicional del impuesto de sucesiones denominada "banda residencial sin tipo impositivo" de hasta 175.000 £. Sin embargo, esta desgravación se pierde si todo el patrimonio se deja a un conviviente, y los hijos sólo heredan tras el fallecimiento del conviviente. Cualquier valor de su patrimonio que supere las desgravaciones disponibles del impuesto sobre sucesiones estará sujeto a un gravamen 40% IHT.
Por el contrario, los bienes que pasan a un cónyuge, ya sea en vida o a su muerte, están exentos del IHT. Además, las desgravaciones del impuesto de sucesiones no utilizadas en el fallecimiento del primer cónyuge pueden transferirse al fallecimiento del superviviente.
Proteger a su pareja de hecho: Nuestros servicios
Hasta que se reformen las leyes de cohabitación, las parejas que cohabitan se enfrentan al riesgo de largas demandas judiciales si no se establece un testamento. Si está preocupado y desea analizar qué debe hacer para proteger a su pareja de hecho, nuestro departamento de clientes particulares está especializado en la preparación de testamentos, el asesoramiento y la aplicación de la planificación del impuesto de sucesiones, así como en lo siguiente:
Creación y extinción de fideicomisos
Administración de herencias
Poderes de última voluntad
Solicitudes ante el Tribunal de Protección
Contencioso sucesorio
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