Las redes sociales han revolucionado nuestra forma de comunicarnos, pero también pueden ser un caldo de cultivo para la difamación. Ursula Van Hezel, abogada especializada en gestión de la reputación, describe las medidas que pueden tomarse cuando alguien ha sido difamado en Internet.
La difamación es un agravio que rebaja a un individuo en la estimación de los miembros rectos de la sociedad en general (Sim v Stretch [1936] All ER at 1240 - Lord Atkin)
Una vez identificada una declaración como difamatoria, puede clasificarse como calumnia, que es una declaración difamatoria de forma permanente, o como injuria, que cubre formas impermanentes de difamación.
Los medios impresos y audiovisuales tradicionales son creados por periodistas y sometidos a una comprobación de los hechos y a una revisión jurídica. A continuación, el contenido se publica en un número limitado de publicaciones y, en el caso de la prensa tradicional, el número de lectores está limitado por el volumen de difusión.
Por lo que respecta a los medios de radiodifusión, las palabras difamatorias pronunciadas durante una emisión en directo se consideran difamación porque están en forma permanente (S166 (1) de la Ley de Radiodifusión de 1990).
Dado que los mensajes de Internet y las redes sociales suelen ser autopublicados, carecen del control de calidad que se ofrece a los medios impresos y audiovisuales tradicionales y no suelen estar sujetos a las restricciones habituales de comprobación de hechos y revisión legal.
El primer paso para tratar contenidos difamatorios en línea es determinar si el contenido es difamatorio. El artículo 1 de la Ley de difamación de 2013 ("DA 13") establece que un "la declaración no es difamatoria a menos que su publicación haya causado o pueda causar un perjuicio grave a la reputación del demandante". Esto se ha interpretado en el sentido de que, sopesando las probabilidades, la publicación había causado o podía causar un perjuicio grave a la reputación. Los tribunales examinarán todas las circunstancias pertinentes, tanto anteriores como posteriores a la publicación, por lo que la prueba del daño a la reputación es esencial (Lachaux v Independent Print Ltd [2015] EWCH 2242 (QB), afirmado por el Tribunal Supremo, véase Lachaux v Independent Print Ltd [2019] UKSC 27). En caso de que una empresa u organismo mercantil sea víctima de contenidos difamatorios, deberá demostrar un perjuicio económico grave (sección 1 (2) de la DA 13).
Ejemplos de declaraciones difamatorias pueden incluir, pero no se limitan a, alegaciones de deshonestidad, incompetencia, conducta ilegal, dificultades financieras o marciales.
Una vez que se ha establecido que el contenido es difamatorio, deben revisarse las directrices del sitio de Internet o de la plataforma de medios sociales, ya que los sitios tienen términos y condiciones que establecerán los pasos a seguir para denunciar contenidos que infrinjan la ley.
Una persona agraviada por un contenido difamatorio en línea puede denunciarlo a través de los canales de autodenuncia del sitio de Internet o de las redes sociales.
La responsabilidad por contenidos difamatorios publicados en redes sociales y en línea no se limita al autor del contenido difamatorio. La responsabilidad puede extenderse a un proveedor de servicios de internet, al operador de un sitio web o a un empleador.
Un operador de sitio web puede estar protegido por una defensa S5 de la DA 2013, dado que no son editores, autores o editores comerciales. Esta defensa no está disponible si el autor de la declaración difamatoria no puede ser identificado, y el operador del sitio web no ha respetado su procedimiento de conformidad con el Reglamento sobre difamación (operadores de sitios web) de 2013.
Si la denuncia del contenido difamatorio a través de los canales de autodenuncia del sitio no resulta eficaz, el siguiente paso es preparar una notificación de retirada que se entregará al operador del sitio web.
Por último, los operadores de sitios web suelen exigir a los usuarios que se registren en ellos y faciliten determinados datos durante el proceso de registro, como un nombre, una dirección y una dirección de correo electrónico.
En caso de que un posible demandante necesite obtener los datos de una persona que se oculta tras un nombre ficticio en línea e identificar quién está detrás del contenido difamatorio anónimo, un posible demandante en Inglaterra y Gales puede emitir una Norwich Pharmacal Order (NPO) para solicitar la reparación adecuada.
Los criterios que deben cumplirse para garantizar que el tribunal conceda dicha exención son que, en primer lugar, debe existir un delito contra la persona que solicita la exención, y que la ONL debe ser necesaria para poder emprender acciones contra el autor del delito.
Por último, la persona contra la que se solicita la orden de NPO debe haber estado implicada de algún modo en el delito, aunque sea inocentemente, y debe poder facilitar la información necesaria, sujeta a una orden judicial, para permitir la identificación del autor último del delito. El Tribunal sólo concederá la ONP si es proporcionado hacerlo en todas las circunstancias.
Se trata de un paso útil en caso de que un posible demandante desee presentar una demanda por difamación ante los tribunales, ya que permite identificar al infractor final. Antes de embarcarse en esta vía, hay que considerar las consecuencias en materia de costes. Salvo en circunstancias excepcionales, el solicitante no sólo será responsable de sus propias costas de la solicitud, sino que también es probable que tenga que pagar los gastos en que incurra el demandado para cumplir con la orden y las costas legales del demandado. Cabe señalar que estos costes pueden recuperarse en última instancia en una demanda contra el principal infractor.
Para más información, póngase en contacto con Ursula 020 7467 5750 o u.vanhezel@rfblegal.co.uk